En el caso en que la inversión efectuada corresponda a la constitución de la entidad, que desde el primer prueba fiscal esta cuente, al menos, con una persona contratada con arreglo laboral y a caminata completa y dada de suscripción en el régimen Militar de la Seguridad Social.La Sentencia del Tribunal Supremo Sala 4, de 24 de febrero de 2015